2 TIPOS ARRAS EN LOS CONTRATOS INMOBILIARIOS

PORTADA 2 TIPOS DE ARRAS CONTRATOS INMO - SPBR

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Es común que haya ocasiones en que las partes deseen celebrar un contrato y para ello busquen asegurar la conclusión del mismo en el futuro. Para ello, nuestro Código Civil ha recogido una antigua institución que se conoce como “arras”, mediante el cual una de las partes entrega una suma de dinero a la otra a fin de garantizar la celebración de un contrato.

Las arras son las cantidades que se entregan en señal de conclusión de un contrato.

Tipos. – hay dos tipos de arras

  1. Confirmatorias: que ratifican la celebración del contrato y su contenido
  2. De retractación: son estipuladas para permitir a una de las partes revocar su voluntad de contratar.

Arras confirmatorias



También denominada arras penales, es aquella en donde una parte hace entrega de dinero a la otra a fin de confirmar la celebración del contrato o garantizar su cumplimiento. En caso se produzca el cumplimiento la otra parte puede optar entre devolver las arras o imputarla sobre su crédito, es decir considerarla como parte del pago. En otras palabras, en caso de cumplimiento del contrato el que recibió las arras las puede devolver o imputar al precio de compra.

Arras de retractación

Son las que permiten al que las entrego retractarse de la celebración del contrato. Por el caso de incumplimiento las reglas son las mismas que las arras confirmatorias.

Las arras de retractación funcionan en los contratos preparatorios en cualquiera de sus modalidades: contrato de opción o compromiso de contratar. Así mismo se puede renunciar al derecho de retractarse.



Si se celebra el contrato definitivo las arras serán devueltas o podrán imputarse al pago.

¿Qué sucede cuando se produce el incumplimiento?

En el caso de las arras confirmatorias, la parte que incumple pierde las arras en favor de la otra parte. Si quién no cumplió es la parte que las ha recibido, la otra puede dejar sin efecto el contrato y exigir el doble de las arras. De la misma manera, en cuanto a las arras de retractación, si se retracta la parte que entrega las arras, las pierde en provecho del otro contratante; y, además, debe devolverlas dobladas al tiempo de ejercitar el derecho.

SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES

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