MODIFICACION DEL CAPITULO SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL CODIGO DEL CONSUMIDOR

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MODIFICACION DEL CAPITULO SERVICIOS INMOBILIARIOS

DEL CODIGO DEL CONSUMIDOR

La Ley N°30534 modifica los artículos 76, 77 y 78 de la Ley N°29571 del Código de Protección y Defensa del Consumidor con la finalidad de  fortalecer la protección del consumidor de bienes y servicios inmobiliarios.

Los cambios básicos que contiene la Ley 30534 son:

Publicidad:

En la publicidad escrita del bien inmueble futuro de primer uso, las promotoras inmobiliarias y las empresas constructoras de unidades inmobiliarias, además de los datos del proveedor y la descripción del inmueble, deben consignar la siguiente información mínima:

–            Antecedentes del proveedor y su comportamiento en el rubro.

–            Condición sismoresistente del inmueble. Deben entregar documentación sustentatoria en caso lo requiera el consumidor.



–            La existencia de la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias; el Registro de Infracciones y Sanciones por incumplimiento de las disposiciones del Código del Consumidor; y el portal “Mira a quién le Compras”, a cargo de INDECOPI.

–            Los canales de atención de quejas y reclamos.

 Datos del inmueble

Durante el proceso de compra, el proveedor debe informar al consumidor acerca de las características del inmueble y de la existencia de autorizaciones municipales, el área del inmueble, el proceso de titulación, habilitación urbana, saneamiento, materiales empleados en la construcción y en los acabados, inscripciones registrales del terreno y declaratoria de fábrica o de edificación, reglamento interno, independización y demás documentación relevante.

 Post venta

Los proveedores deben implementar procedimientos para ofrecer información completa sobre los períodos de garantía, señalando si son componentes o materiales, de acuerdo con lo establecido por el proveedor y en caso de aspectos estructurales, un mínimo 10 años de emitido el certificado de finalización y recepción de obra por parte de la municipalidad.

Vigencia.- La Ley 30534 no señala la fecha de vigencia, en consecuencia, conforme a la Constitución los cambios rigen desde el 11 de enero del 2017.

SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES

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