El Agente Inmobiliario con Registro es una persona natural o jurídica, que realiza operaciones inmobiliarias, que se relacionan con la compraventa, arrendamiento, fideicomiso o cualquier otro contrato de transferencia de dominio, uso, o usufructo de bienes inmuebles, así como su administración y otros servicios afines, a cambio de una contraprestación económica. Esta labor exige el cumplimiento de deberes, entre otras: que se cuente con el registro correspondiente, que se celebre un contrato por escrito de intermediación, incluir número de registro de Agente en los documentos, trámites y publicidad que se realice y demás que están previstos en la Ley del Agente Inmobiliario.
Para el caso del Agente Inmobiliario que cuenta con registro, existen diversas infracciones que son sancionadas según el Reglamento del Agente Inmobiliario, como pueden ser:
- Actuar como Agente Inmobiliario sin contar con la inscripción correspondiente.
- Representar a más de una parte en una misma operación inmobiliaria sin el consentimiento expreso de los contratantes.
- Ofrecer un inmueble sin el consentimiento del propietario.
- Retener indebidamente documentos o dinero de las partes o utilizarlos para finalidades los fondos recibidos para la diligencia de la operación inmobiliaria que se trate.
- Remitir información falsa o incompleta de las operaciones inmobiliarias en las que interviene el Agente.
Las sanciones que comentamos corresponderán al tipo de falta del que se trate y la reincidencia que se cometa. Consulta el siguiente cuadro para conocer a detalle el tipo de sanción que aplica a la falta cometida por un Agente Inmobiliario.
* Si quieres saber más acerca de los deberes y las faltas que debe observar un Agente Inmobiliario, accede a la “Ley del Agente Inmobiliario – Ley N°29080”. Puedes consultar esta Ley desde nuestro sitio web, dándole click al siguiente enlace:
LEY Nº 29080
DECRETO SUPREMO N° 004-2008-VIVIENDA
FALTAS / SANCIONES | Amonestaciones | Multa hasta por la Suma de equivalente de cinco (5) UITs | Suspensión hasta por un (1) año del Registro del Agente Inmobiliario | Cancelación definitiva del Registro del Agente Inmobiliario |
Actuar como Agente Inmobiliario sin contar con inscripción en el Registro del Agente Inmobiliario. | 1º vez | 2º vez S/. 23,000.00 |
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Actuar como Agente Inmobiliario sin contar con la renovación vigente. | 1º vez S/. 23,000.00 |
2º vez | 3º vez | |
Actuar en representación de más de una parte en una operación inmobiliaria de intermediación, sin el consentimiento expreso de todas las partes contratantes. | 1º vez | 2º vez S/. 23,000.00 |
3º vez | |
Ofrecer un bien inmueble al mercado para la realización de una operación inmobiliaria sin el consentimiento de su propietario, expresado en un documento escrito de fecha cierta. | 1º vez | 2 º vez | ||
Retener indebidamente algún documento original, certificado, legalizado o fedateado. | 1º vez | 2º vez | ||
Retener indebidamente dinero de las partes. | 1º vez | 2º vez | ||
Utilizar con otros fines los fondos que recibe. | 1º vez | 2º vez | ||
Remitir información falsa de las operaciones inmobiliarias de intermediación en las que interviene en calidad de Agente Inmobiliario. | 1º vez S/. 23,000.00 |
2º vez | ||
Remitir información incompleta de las operaciones inmobiliarias de intermediación en las que interviene en calidad de Agente Inmobiliario. | 1º vez | 2º vez S/. 23,000.00 |
3º vez |