Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, domiciliadas o no, inscritas o no en el RUC deben presentar la próxima Declaración de Predios, siempre que al 31 de diciembre del 2016 hayan sido propietarios de:
- Dos o más predios cuyos autoavalúos superen S/150.000,00 soles.
- Dos o más predios que en el 2016 fueron cedidos o alquilados para cualquier actividad económica.
- Predio único cuyo valor supere los S/150.000,00, que hubiera sido subdividido o ampliado para cederlo a terceros.
La declaración es obligatoria, aun cuando los predios hayan sido transferidos a partir del 1° de enero del 2017.
El valor del predio:
Para efectos de la declaración se considera como valor del predio el que consta en el autoavalúo para el pago del Impuesto Predial correspondiente al año 2017.
Predios ubicados fuera del país:
En el caso de predios ubicados en el extranjero considerar el valor del predio sobre el cual se pagan impuestos en el exterior. En este caso, el valor será declarado en dólares, considerando el tipo de cambio que lo calcula automáticamente el Formulario o el PDT SUNAT.
Los propietarios que tengan la condición de no domiciliados, en su declaración deben consignar tipo y número de documento, fecha de nacimiento, tipo de dirección según corresponda el domicilio del sujeto y/o lugar donde este realice su actividad, dirección domiciliaria y nacionalidad de declarante (Res. 110-2016-SUNAT).
Forma de la declaración:
Para la declaración utilizar el Formulario Virtual 1630 o el PDT 3530, versión 1.1 aprobada por Res. 110-2016-SUNAT. Cuando el contribuyente tenga más de 20 predios, necesariamente debe utilizar el PDT 3530.
Pasos para declarar los predios:
- Verificar la hoja resumen del impuesto predial 2017 (dos o más predios que superen S/150.000,00)
- Ingresar al portal de la SUNAT y ubicar “opciones sin clave Sol” y seleccionar la opción “presentación de la declaración de predios F1630”.
- Registrar en el formulario virtual 1630 el detalle, valor de cada predio y fecha de adquisición.
- Imprimir la constancia de presentación.
La declaración de predios es informativa, le sirve a SUNAT para verificar el pago del impuesto a la renta de predios alquilados o el incremento patrimonial no justificado (cuando el valor de los bienes adquiridos no coincide con los ingresos declarados a SUNAT).
Multa en caso de no presentar declaración:
La multa por no presentar la declaración es de S/608,00, sin embargo, si se subsana antes de cualquier notificación de SUNAT, la multa se reduce en 100%.
CRONOGRAMA PARA LA DECLARACION DE PREDIOS
Último dígito RUC / DNI | 9 y 8 | 7 y 6 | 5 y 4 | 3 y 2 | 1 y 0 |
Fecha de vencimiento | 01.06.17 | 02.06.17 | 05.06.17 | 06.06.17 | 07.06.17 |
SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES