Ronald, se encuentra afligido, acaba de perder su casa en un remate judicial. ¿Qué pasó? Simplemente no pago al Banco las cuotas mensuales que le correspondía cancelar al adquirir una propiedad por crédito hipotecario.
Evidentemente, nadie quiere estar en los zapatos de Ronald. Aquí unas recomendaciones para que no le suceda esta tragedia.
1.- Planifica tu presupuesto mensual.- En primer lugar, debemos de tener en cuenta que solicitar un crédito hipotecario es una responsabilidad de largo plazo, es importante pues, planificar el presupuesto familiar con la finalidad de medir nuestra capacidad económica, no sólo en el presente sino también en el futuro. Un criterio, aunque no el único, para determinar el monto de tu cuota mensual es que del 100% de tu ingreso mensual, el 30% se destina a la cuota. Es decir, debes calcular tu presupuesto mensual con el 70% restante.
2.- Compara con otros bancos.- Consultar un mínimo de tres bancos, solicitando las cotizaciones mediante hojas de cálculo por escrito del mismo monto y plazo del crédito (si es posible con un sello del banco) y presentar al segundo, y la tercera entidad financiera las mejores cotizaciones. Las entidades están llanas a realizar contraofertas. En esta etapa debemos abstenernos de firmar cualquier documento porque estamos en etapa de comparación.
3.- Evalúa el TCEA.- El TCEA (Tasa de Costo Efectivo Anual) representa el costo total de cualquier tipo de crédito, engloba comisiones, tasa de interés anual y los gastos administrativos. El solicitar un crédito hipotecario implica gastos notariales, gastos de tasación, estudio de títulos, gastos registrales, seguro de daños sobre el inmueble, seguro de desgravamen entre otros.
Para comprender un poco más respecto al TCEA, pueden ingresar a http://www.sbs.gob.pe/app/retasas/paginas/retasasInicio.aspx que evalúa el costo de rendimiento de productos financieros y además te proporcionará de manera referencial y con un simulador el contenido comparativo de las comisiones, tasas de interés y seguros de las entidades financieras y bancarias.
4.- Solicite el contrato previamente.- Luego de la negociación, el banco tiene la obligación de proporcionarle el contrato, es preferible que lo revise un abogado con anticipación pues siempre en los contratos se utilizan términos jurídicos, así como cláusulas abusivas que Ud. desconoce y el abogado puede detectar. Por ejemplo, algunas entidades bancarias consignan en sus contratos que si Ud. cancela la deuda anticipadamente deberá pagar una penalidad, cuando ya existe un pronunciamiento de INDECOPI que cualquier penalidad por parte del banco se encuentra prohibida.
Nunca firme un contrato si no lo entiende y mucho menos sin leer. Ante cualquier duda siempre consulte.
Y por último, al momento de firmar la escritura pública en la notaria, debemos contrastar que el contrato proporcionado inicialmente, así como la hoja de resumen de crédito y el cronograma de pagos aprobado coincida con la escritura pública.
Dra. Marina Fuentes C.
SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES