Arturo, con mucha emoción adquirió su primer departamento para dar mejor comodidad a su pequeño hijo de 3 meses de nacido. Sin embargo, no ha pasado una semana y se encuentra preocupado, en razón a que todas las noches su vecino realiza fiestas que terminan alrededor de las 5 a.m. Se encuentra abatido y el presidente de la Junta de propietarios al igual que él no sabe qué hacer. Toda vez que en el reglamento interno del edificio no se ha señalado este hecho.
En primer lugar, Arturo y el presidente de la junta de propietarios deben tener conocimiento que todo edificio, se encuentra regulado por la Ley 27157 – Ley del Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad común, creada para regular la mejor convivencia entre personas que viven o realizan labores en edificios, condominios, quintas, galerías comerciales y toda aquella edificación que comparte áreas y servicios comunes.
¿Que debe hacer el presidente de la junta de propietarios?
El presidente de la junta de propietarios, tiene varias alternativas:
- Modificar el Reglamento Interno del Edificio.
- Convocar a Asamblea General de Junta de Propietarios y consignar este hecho como punto de agenda. En asamblea se debatirá este punto y si es aprobado se determinará la sanción correspondiente al vecino fiestero.
- En Asamblea General aprobar el Manual de Convivencia, que no solamente contendrá la reglamentación en cuanto al horario, continuidad y días para realizar fiestas; sino también regulará:
- El mantenimiento y cuidado de las áreas comunes
- El tratamiento sobre los ruidos y olores molestos.
- Sobre la seguridad y vigilancia
- La tenencia de mascotas.
- Las cuotas de mantenimiento
- El uso de los estacionamientos.
- El procedimiento para realizar mudanzas.
- La eliminación de la basura y/o otras disposiciones que la asamblea considere importante.
En realidad, este ejemplo es uno de las ciento de consultas que realizan las personas que viven en edificios o condominios, que indudablemente necesitan de un tercero, ya sea persona natural o empresa, que solucione los problemas internos que surgen entre vecinos. Este profesional debe tener sólidos conocimientos en gestión administrativa y financiera, en relaciones interpersonales, en aspectos legales, en mantenimiento de edificios y por supuesto de temas de índole laboral.
Recuerde que Ud. tiene el derecho de vivir tranquilo y seguro en el lugar que ha elegido.
Dra. Marina Fuentes C.
SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES