PERIODO DE GARANTÍA DEL CONSTRUCTOR POR FALLAS ESTRUCTURALES

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Con la dación de la Ley Nº 30534, de fecha 09 de enero del 2017, se modifican los artículos 76º, 77º y 78º del Código de Protección y Defensa del Consumidor, a fin de proteger al consumidor de bienes y servicios inmobiliarios.

Estableciéndose además en el artículo 80º, que los proveedores deben implementar procedimientos para ofrecer información completa sobre los periodos de garantía, indicando sin son componentes o materiales, de acuerdo con lo establecido por el proveedor y en el caso de aspectos estructurales, un mínimo de 10 años de emitido el certificado de finalización y recepción de obra por parte de la municipalidad.

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