El Poder es un acto mediante el cual una persona natural otorga voluntariamente a otra, facultades para que actúe en su nombre y representación (“Poderdante”). La inscripción del Poder tiene por finalidad dar publicidad de las facultades que otorga el Poderdante a favor del Apoderado, a fin de que este último ejerza dichos actos como si fuera él mismo.
Mediante un Poder por Escritura Pública se pueden otorgar facultades de disposición, como la compraventa de inmuebles. A continuación te explicaremos de forma sencilla los pasos a seguir para otorgar poder para vender un inmueble ubicado en Perú, incluyendo además el procedimiento para otorgar poder si te encuentras en el extranjero.
PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS PARA OTORGAR PODER PARA VENDER INMUEBLES, DESDE EL EXTRANJERO:
- PODER POR ESCRITURA PÚBLICA OTORGADO EN OFICINA CONSULAR
Los poderes otorgados en las Oficinas Consulares son válidos ante autoridades peruanas, por ello deben ser otorgados en los términos y forma que estas lo determinen. Existen tres tipos de poderes, los otorgados en Escritura Pública, los otorgados fuera de registro y las denominadas Carta Poder. Para el caso particular al tratarse de un acto de disposición de bienes, se deberá otorgar Poder Consular por Escritura Pública.
- Primero, debes acudir a un Consulado peruano, del país extranjero donde te encuentres, identificarte con tu D.N.I. vigente, y solicitar un poder por Escritura Pública para la venta de un inmueble. Para ello, deberás señalar los nombres, apellidos y número de D.N.I. de la persona a favor de quien se extiende el poder. Así como, describir o detallar las facultades para vender el o los inmuebles ubicados en el Perú, salvo el caso presentes una minuta debidamente firmada por abogado con colegiatura en el Perú.
- Luego, en el Perú debes certificar la firma del Cónsul en el parte consular, a través de una visación efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Conforme se aprecia en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores, el costo de Legalización de firma consular es de S/. 33.00.
- El Poder deberá presentarse en idioma español o con la traducción hecha por traductor oficial, la relación de traductores oficiales las publica el Ministerio de Relaciones Exteriores: http://www.consulado.pe/paginas/traductores.aspx
- Posteriormente debes solicitar la inscripción en el Registro de poderes y mandatos que pertenece al Registro Personas Naturales de la SUNARP.