MEDIDAS DE PREVENCIÓN – COVID-19
A través de la Resolución Ministerial N° 085 -2020-VIVIENDA se aprobó los “Lineamientos de prevención y control frente a la propagación del COVID-19 en la ejecución de obras de construcción”
El objetivo de la norma es establecer lineamientos de actuación en la ejecución de obras de construcción para evitar la transmisión del COVID-19 e identificar y atender oportunamente a los casos sospechosos o confirmados entre el personal que interviene en la ejecución en una obra de construcción y las personas que por cualquier motivo ingresen al área en la que esta se ejecuta.
Los lineamientos son de alcance nacional y de aplicación obligatoria para todos los actores del proceso edificatorio, para el personal que labora en la ejecución de la obra de construcción, así como para todas las personas que por cualquier motivo ingresen al área de ejecución de la misma. Los presentes Lineamientos son aplicables de manera complementaria a la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como a las disposiciones contenidas en la Norma Técnica G.050 Seguridad durante la Construcción del Reglamento Nacional de Edificaciones.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN LA SALA DE VENTAS A SER IMPLEMENTADAS POR LOS ACTORES DEL PROCESO EDIFICATORIO Y POR EL PERSONAL
Son 9 las medidas de prevención que el personal de ventas tiene que realizar para el mantenimiento e higiene de la sala de ventas del proyecto inmobiliario.
- a) Mantener siempre ventiladas las áreas destinadas a esta actividad.
- b) Establecer rutinas de aseo programadas para la apertura y el cierre de la sala de venta.
- c) Establecer rutinas diarias de aseo para los baños de la sala de ventas.
- d) Realizar la desinfección en los puntos de contacto más críticos :
- Puertas
- Ventanas
- Vidrios
- Espejos
- Pisos
- Paredes
- Manijas
- Barandas
- Interruptores de luz
- Mobiliario
- Equipos
- Útiles de escritorio.
- e) Garantizar una distancia de 1.50 metro entre el vendedor y el cliente. Ambos deben usar mascarillas.
- f) Disponer de alcohol al 70% para uso del cliente y para los vendedores.
- g) Controlar el aforo máximo de personas en la sala de ventas, cuya capacidad debe ser de dos metros cuadrados por persona.
ELABORADO POR LA SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAICES