-QUE FUNCIONES CUMPLE LA CENTRAL DE INFORMACIÓN DE PROMOTORES INMOBILIARIOS Y/O EMPRESAS CONSTRUCTORAS?
-QUE ES LA CENTRAL DE INFORMACIÓN DE PROMOTORES INMOBILIARIOS Y/O EMPRESAS CONSTRUCTORAS?
Mediante la Ley Nº 29203, se crea la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias, cuyo objetivo es la recopilación, procesamiento y difusión de información sobre los antecedentes y evolución de los promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras de unidades inmobiliarias;
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, está a cargo de la organización y funcionamiento de la Central que se crea, y su reglamentación estará a cargo del Poder Ejecutivo;
La implementación de la Central, brindará al público en general información sobre los promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras, la cual será de fácil accesibilidad, y a su vez relevante en la toma de decisiones al adquirir o realizar una transacción comercial respecto a una unidad inmobiliaria;
La finalidad de la CENTRAL es tener a disposición de los consumidores y usuarios en general, información sobre los Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias, referida a sus antecedentes, actividades y sanciones.
¿Qué es un promotor inmobiliario para la ley?
Es aquella persona natural o jurídica pública o privada, que administra, promueve, habilita y comercializa unidades inmobiliarias.
¿Qué es un constructor para la Ley?
Es la persona natural o jurídica , pública o privada que ejecuta unidades inmobiliarias directamente o bajo contrato con tercero?
Información y Acceso Público
La información está sustentada en los archivos que posean las Entidades Informantes siendo su difusión gratuita y pública a través de la CENTRAL y estando disponible en los Portales Institucionales del Ministerio de Vivienda y del INDECOPI.
Información contenida en la CENTRAL
La información contenida en la CENTRAL sobre los Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias, comprende:
- A) ANTECEDENTES:
- Nombre o razón social, según corresponda; RUC y domicilio fiscal.
- Nombre de los accionistas.
- Nombre y documento de identidad de los representantes legales.
- Fecha de constitución y fecha de inicio de actividades.
- Datos de la Ficha Registral o Partida Electrónica de constitución de la empresa.
- Nombre y número de colegiatura de profesionales responsables de obra.
- B) ACTIVIDAD: Información sobre las buenas prácticas, de acuerdo a:
- Frecuencia y calidad de las transacciones comerciales, lo que se verifica con el comportamiento crediticio.
- Indicadores de calidad o cumplimiento de normas técnicas.
- Licencias de habilitación urbana y de edificación.
- Habilitaciones de profesionales.
- Reconocimientos a su labor.
- C) SANCIONES:
Información sobre las sanciones impuestas que han quedado firmes en la vía administrativa y las que la agotan.
- D) OTRA INFORMACIÓN que solicite vivienda a las Entidades Informantes, a fin de incorporarla a la CENTRAL.
Elaborado por la Sociedad Peruana de Bienes raíces
SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES