ENTIDADES PÚBLICAS DE LA ACTIVIDAD INMOBILIARIA

Blog_EntidadesPúblicas

Blog_EntidadesPúblicas

Como mencionamos en el título, les indicamos el papel, y las funciones que cumplen las principales instituciones en el desarrollo de la actividad inmobiliaria de nuestro país. Esto con el fin de que las personas que se inician en este negocio puedan tener una ayuda al momento de realizarlo.

Trataremos de explicar algunos conceptos para que les ayude a realizar algunos trámites o pasos necesarios al momento de realizar la compra-venta o alquiler de las propiedades de sus clientes. A continuación, les iré explicando las funciones de cada una de las instituciones:

1.- COFOPRI

El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en siglas, COFOPRI, fue creado en 1996 mediante el Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. Tiene como principal tarea ejecutar el Programa de Formalización de la Propiedad a nivel nacional, asumiendo de manera directa los procedimientos de saneamiento físico legal, y la titulación de predios urbanos a nivel nacional ubicados en posesiones informales por un periodo de tres años.

2.- LAS MUNICIPALIDADES

Para realizar los trámites y permisos de construcción, todas las municipalidades del Perú cuentan con un TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos), en el cual podemos encontrar los requisitos y pagos para los diferentes tramites que tenemos que seguir antes de construir. Los principales tramites son: Licencia de demolición, Certificado de parámetros, Licencia de construcción, Conformidad de Obra, etc.

3.- EL SAT

El SAT tiene como finalidad: Organizar, administrar, fiscalizar y recaudar todos los ingresos tributarios; así como, recaudar ingresos por conceptos no tributarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima.



4.- LA SUNAT

La SUNAT es un ente recaudador y administrador de tributos internos, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que permite financiar los gastos públicos del Estado. Por ejemplo, colegios, carreteras, comisarías y demás. También es el encargado de realizar los pagos de sueldos de los empleados públicos.

En la SUNAT se tramita el RUC, que es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y como objeto proporcionar información a la Administración Tributaria.

5.- REGISTROS PÚBLICOS

La principal función de los Registros Públicos es inscribir y publicitar actos, contratos, derechos y titularidades de los ciudadanos mediante un servicio de calidad accesible, oportuno y predictible. Esto con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a los actos relacionados con la propiedad inmueble, que por disposición de la ley deben producir efectos contra terceros y que su actividad es indispensable para fortalecer el régimen de derecho.

6.- LA SUNARP

La SUNARP es la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, quien es el ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos a nivel nacional en el Perú. La SUNARP tiene por finalidad dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos. Está encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Púbicos que integran el Sistema Nacional y que han tenido acogida al cumplir los requisitos de ley.



7.- NOTARIAS

En este sentido, el notario será el profesional encargado de que tanto el comprador como el vendedor entiendan las cláusulas del contrato y de la escritura de compraventa. Además, se asegurará de que ambos estén conformes con las condiciones de la transacción. El estado le confiere a un notario la facultad de acreditar cualquier acto o transacción legal, por ello es que la validez que un contrato de compraventa pueda tener ante un notario es alta considerándolo desde el marco jurídico que lo reconoce.

8.- MINISTERIO DE VIVIENDA

La principal función del Ministerio de Vivienda es elaborar la política nacional y sectorial en habilitaciones urbanas, vivienda y edificaciones, promueve la participación de la inversión privada para la ejecución de los programas de vivienda, así como el desarrollo del mercado inmobiliario en el ámbito de su competencia.

Mediante la Ley N.º 29080, se crea el Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, en adelante la Ley, en el cual se inscriben los Agentes Inmobiliarios que han cumplido con los requisitos correspondientes, de acuerdo a lo señalado en la citada Ley y en su Reglamento.

9.- FONDO MIVIVIENDA

El Fondo Mi Vivienda es un crédito hipotecario que te permite comprar cualquier vivienda, construir en terreno propio o aires independizados y mejorar tu vivienda. Financia viviendas entre S/61,200 hasta S/436,100 en un plazo de pago de 5 a 25 años.

Las Familias recibirán un apoyo como premio a su esfuerzo y ahorro para adquirir una vivienda.  Esto permite que el promotor, constructor y/o Entidad Técnica pueda desarrollar el proyecto de vivienda que estará al alcance de todos los peruanos a nivel nacional.

El Fondo MIVIVIENDA cuenta con los siguientes programas y productos: Programa de Techo propio, Nuevo crédito Mivivienda, Miconstrucción y Mismateriales.



10.- COMISIONES TÉCNICAS PARA HABILITACIONES URBANAS

Es el órgano colegiado regulado por la Ley N° 29090 y su Reglamento vigente, cuya función es emitir dictámenes de carácter vinculante para el otorgamiento o denegatoria de una autorización o licencia de Habilitación Urbana. La habilitación urbana es el procedimiento de transformar un terreno rústico a urbano se le llama ‘habilitación urbana‘. Las habilitaciones urbanas son aprobadas por las municipalidades distritales mediante una resolución.

Espero que esta información les sea de ayuda al momento de iniciar algún trámite o paso en su nuevo proyecto de negocio inmobiliario.

Estar bien informado es importante para evitar demoras en los trámites, así como evitar los fraudes o errores involuntarios que harían que el proceso de compra sea perjudicial y/o engorroso en algunos casos.

 

ALEX VARGAS PAZ ALUMNO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *