¿Independizar o subdividir?

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¿Independizar o subdividir?

Es frecuente que en el desarrollo de la actividad inmobiliario nos encontremos con el uso de estos términos como sinónimo de: “abrir una partida registral para cada unidad inmobiliaria resultante de la desmembración del terreno, con edificación o sin ella; o, como consecuencia de la inscripción de una edificación sujeta al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común o régimen de independización y copropiedad” (artículo 58° del Reglamento de Inscripción en el Registro de Predios). Para saber cuál es la calificación de la operación que vas a registrar debes conocer la siguiente diferencia:

La independización se refiere al desmembramiento de un “predio rústico” (sin habilitación), con resultado de una porción mayor a una (01) hectárea.

La subdivisión de “predios urbanos” se da sobre predios que ya están habilitados con o sin obras.

¿Sabes qué es un predio?

Según la norma G.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones son predios: las unidades inmobiliarias independientes que pueden ser lotes, terrenos, parcelas, viviendas, departamentos, locales, oficinas, tiendas o cualquier tipo de unidad inmobiliaria.

Ahora que ya sabes la diferencia ¿Vas a independizar o subdividir?

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SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES

5 comentarios sobre “¿Independizar o subdividir?”

  1. Tengo un inmueble que me gustaría ser en el tercer piso departamento pero no tengo declaratoria de fábrica de nada y no se que hacer la Independizacio o la sub diviciones lo construi sin planos me podrian aconsejar por favor .

    1. En primer lugar, se tendría que estudiar la documentación de tu propiedad, la partida registral del inmueble así como si tienes planos, cada caso es particular. En la Sociedad Peruana de Bienes Raíces tenemos un área de Asesoría, puedes llamar al teléfono al 437 2981 y hacer una cita.

  2. Sin embargo, en la SUNARP de provincias, sigue empleando el termino de “independizar” cuando se trata de individualizar a cada ambiente de un edificio. Ejemplo en una propiedad de cinco pisos yo compro solo una tienda del primer piso, el tramite que debo hacer en la SUNARP es independizar la tienda, para que tenga su partida electronica a mi nombre porque yo estoy comprando y sere el nuevo dueño. Para lo cual tengo que realizar el tramite de “Independizacion”.

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