El Poder Ejecutivo promulgó el pasado 21 de agosto del 2015, el Decreto Legislativo N°1188, que otorga incentivos fiscales para promover los Fondos de Inversión en Bienes Inmobiliarios llamado FIRBI, con la finalidad de reactivar la economía y otorgar liquidez a la Bolsa de Valores de Lima (BVL). Estas medidas regirán desde el 1º de enero del 2016.
De esta manera, los inversionistas tendrán una nueva alternativa para incursionar al sector de bienes raíces con facilidades para pagar el Impuesto a la Renta y el impuesto de Alcabala.
Existirán dos modalidades:
La primera, adquiriendo una participación en el Fondo.- No habiendo la necesidad de comprar un departamento para invertir; una persona puede ingresar al Fondo sólo colocando una participación, por ejemplo USD $ 15,000 ya sea en los sectores inmobiliarios de alquiler, venta o construcción, etc. Estos Fondos tienen una ventaja, pues las personas que inviertan no tendrán que buscar arrendatario, en razón a que el Fondo se encargará de esta actividad, y;
La segunda, aportando un inmueble.- Es decir entregando una propiedad al Fondo, a cambio se otorgará un título y sólo cuando éste sea vendido y genere ganancias a través de las rentas mensuales o semestrales se cobrarán los impuestos: Impuesto a la renta e impuesto de alcabala respectivamente.
Actualmente, el impuesto para alquilar directamente una vivienda es de 5%, en el caso del sistema para el Fondo es de 30%; la diferencia radica que en el primero se paga el impuesto sobre el ingreso, mientras que en el Fondo el impuesto se paga por la diferencia entre el ingreso y el costo, es decir, se tributa sobre un menor costo.
SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES