HABITUALIDAD EN LA VENTA DE BIENES INMUEBLES
El artículo 4° de la Ley de Impuesto a la Renta señala que se presumirá que existe habitualidad en la enajenación de inmuebles efectuada por una persona natural, sucesión indivisa …
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Leer másEl Impuesto a la Renta de segunda categoría grava la venta de inmuebles realizada por una persona natural sin negocio. Este impuesto se determina aplicando la tasa efectiva del 5% …
Leer másCuando una persona natural vende un inmueble sin ánimo empresarial, debe pagar el Impuesto a la Renta de segunda categoría. Es decir, paga un impuesto con una tasa de …
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