IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA
IMPUESTO DEL ARRENDAMIENTO
C.- Tasa del Impuesto.
El 20% sobre la renta que percibe se multiplica por 6.25%., es decir 5 % de la renta mensual percibida por el Arrendador.
D.- Forma de pago.
El pago mensual del impuesto se realiza, de manera sencilla, a través de Pago Fácil, con el formulario Nº 1683 – Guía de arrendamiento – en las ventanillas de las sucursales y agencias de bancos autorizados.
Para tal efecto el contribuyente informará a la entidad bancaria los siguientes datos mínimos:
•Numero de RUC del deudor tributario.
•Periodo tributario al que corresponde el pago
•Tipo y número de documento de identidad del arrendatario o sub arrendatario.
•Toda persona que alquila un bien mueble o inmueble debe tener su número de RUC.
E.- Oportunidad de pago
El impuesto se paga una vez devengado el mes, aun cuando el arrendatario no haya pagado la renta. Si el periodo a pagar es desde enero del 2009, el sistema automáticamente lo grava con el 5%.
INFORME N° 270-2004-SUNAT/2B0000
La declaración y pago a cuenta por concepto de rentas de primera categoría debe realizarse en forma independiente por cada arrendamiento de predios que se devengue en un período determinado. En tal sentido, la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176° del TUO del Código Tributario se configurará por cada declaración que se presente extemporáneamente, correspondiendo que por cada una de ellas se aplique la sanción prevista en las Tablas de Infracciones y Sanciones
F.- Declaración rectificatoria.
La declaración y pago a cuenta mensual del Impuesto a la renta de primera categoría podrá ser rectificada a través del Sistema Pago fácil, solo respecto del dato correspondiente al monto de la renta. Para cuyo efecto el deudor tributario informará a la entidad bancaria lo siguiente:
a)Que la declaración que se realiza corresponde a una rectificatoria.
b)El número de operación o número de orden de la declaración original, según sea el caso,
c)El monto correcto de la renta
d)El importe a pagar de ser el caso,
e)El número de RUC
f)Periodo Tributario
g)Tipo y número de documento de identidad del inquilino.
Cuando se rectifique la declaración del pago a cuenta mensual del impuesto a la renta la entidad bancaria le entregará al deudor tributario el formulario Nº 1683, que contendrá los datos informados.
El deudor tributario entregará el formulario 1683 al arrendatario o subarrendatario, debiendo sacar una copia del formulario para acreditar ante SUNAT la declaración y pago a cuenta.
G.- Vigencia
A partir del 1 de enero del 2009
Extraído del Manual Tributario inmobiliario y del Constructor –
Autora: Marina Fuentes Cárdenas – Abogada-
SOCIEDAD PERUANA DE BIENES RAÍCES.