CERTIFICADO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS.- Es un documento emitido por las municipalidades en donde se especifican los parámetros de diseño que regulan el proceso de edificación sobre un predio.
Es un documento previo e indispensable para la obtención de la licencia de edificación, señala las normas técnicas que debe tener en cuenta el arquitecto – proyectista respecto a una edificación nueva o ampliación de una ya existente.
¿QUIÉNES LO EMITEN?
Lo emiten las Municipalidades distritales y en el caso del Cercado de Lima, la Municipalidad Metropolitana de Lima.
¿PARA QUÉ SIRVE?
- Para obtener licencia de edificación
- Para vender un terreno, porque indica la altura máxima de edificación.
- Para que el arquitecto realice su proyecto inmobiliario de acuerdo a las normas técnicas.
- Para obtener licencia de funcionamiento, porque indica si la zonificación es comercial.
¿CUÁL ES SU CONTENIDO?
- La Zonificación.
- Alineamiento de fachada.
- Usos de los suelos permisibles y compatibles.
- Coeficientes máximos y mínimos de edificación.
- Porcentaje mínimo de área libre.
- Altura máxima y mínima de edificación expresada en metros.
- Área de lote normativo.
- Densidad neta expresada en habitantes por hectárea.
- Exigencias de estacionamientos para cada uno de los usos permitidos.
- Calificación de bien cultural inmueble, de ser el caso.
- Fecha de emisión.
¿CUÁL ES SU VIGENCIA?
Tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses. Esto quiere decir, que una vez emitido, el constructor puede edificar con esas normas técnicas con toda tranquilidad y seguridad, esto es, si en el transcurso de los 36 meses cambian o se modifican algunas normas, se respetará el contenido de los parámetros urbanísticos.
¿CUÁL ES SU BASE LEGAL?
- Ley 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades, 27/05/2003) Artículo 79
- Ley 29060 (Ley del Silencio Administrativo, 07/07/2007) en su 1ra. Disposición Complementaria y Final.
- La ley N° 29090 o Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, en vigencia desde el 25/09/2007
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